Certifícate con LEGALIZACIONDRONES.es

¿Cuál es el siguiente paso una vez dispones de licencia de piloto, aeronave y seguro para esta?, certificarse como operador ante AESA. Así es, si pretendes llevar a cabo actividades profesionales relacionadas con el manejo de Drones seguro que sabes de que estamos hablando.

Estos últimos trámites y todos los servicios de consultoría son fácilmente salvables gracias a la ayuda de nuestro nuevo colaborador LEGALIZACIONDRONES.es.

Web LEGALIZACIONDRONES

 

 

 

 

 

LEGALIZACIONDRONES.es nace en Marzo de 2015 con el objetivo claro de ayudar a la certificación de drones de uso profesional o comercial. Un equipo de profesionales joven y dinámico que rápidamente orientan el negocio para ofrecer todo tipo de servicios de consultoría, certificación, ventay gestión técnica en la utilización de Drones.

Esta consultora con menos de un año de trayectoria, ya presume de haber incluido a muchos de los Operadores Certificados en los “listados oficiales de Aesa”. Con la legislación y la tecnología en continuo desarrollo, cada vez se hacen más indispensables asesoramientos profesionales, adaptados y personalizados.

Como ejemplo de flujo de trabajo para certificarse como operador, nos muestran un ameno flujograma donde entender la documentación a redactar y los pasos a seguir, entre los que se encuentra contratar un seguro adecuado de la mano de SegurosparaDrones.com:

Pictograma _ Autorización Operador RPAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Los chicos de LEGALIZACIONDRONES.es, son capaces de redactar toda la documentación personalizada (Manual de operaciones, Manual de mantenimiento, Estudio aeronáutico de seguridad, Caracterización de la Aeronave, etc…) y, como parte del servicio de “Legalización Completa”, se encargaran también de hacer todas las presentaciones y trámites con AESA, todo ello en un plazo de aproximadamente 3 semanas y por un precio que merece la pena.

¡Increíble verdad!, no lo dudes, si tus intenciones pasan por darte de alta en AESA como operador cuenta con ellos, infórmate sin compromiso.

Sigue las actualizaciones en su web, o en las redes sociales FacebookTwitter donde suelen incluir interesantes artículos e información útil sobre el universo drone.

 

 

Las 10 recomendaciones para drones

El reglamento temporal pero vigente constituye que es obligatorio que cada dispositivo cuente con un seguro para drones y según varíe su peso, se encuentre inscrito en la AESA, (Agencia Estatal de Seguridad Aérea.).

Ante el apogeo den el uso de los drones y la ignorancia universalizada sobre el sector, hemos confeccionado un decálogo con recomendaciones esenciales para emplearlos de manera segura y eludir multas o las secuelas de un posible accidente derivado de su pilotaje.

Si bien hasta hace pocos años se empleaban casi exclusivamente en el sector militar, en la actualidad están revolucionando el mercado y su utilidad se ha desarrollado tanto en el sector empresarial como en el personal y de ocio, con usos tan dispares como el transporte, el periodismo, la fotografía y grabación aérea e inclusive para operaciones de rescate.

  1. ¿Estoy obligado a registrar mi drone?
    Los drones se han organizado en tres grupos dependiendo de su peso: por encima de los 25 kilos, menos de 2 kilos y hasta los 25 kilogramos. Es imprescindible que aquellos que pertenezcan al primer grupo (+25 Kg), se matriculen en la AESA, (Agencia Estatal de Seguridad Aérea). Si el vehículo aéreo no tripulado no llega a ese peso, no resulta obligatorio el registro, pero cada acción o cambio deberá ser notificado a AESA.
  2. ¿Debe un drone llevar consigo algún elemento de identificación?
    Todos los drones están obligados a llevar una placa de identificación en la que figuren sus credenciales, el nombre y los datos de la compañía o persona para la que ejerce.
  3. ¿El piloto precisa de licencia?
    Sí. Los pilotos en tierra deben acreditar que posee una licencia de pilotaje o evidenciar que poseen los conocimientos teóricos necesarios para conseguirla.
  4. Si el peso del drone es superior a 25kg, ¿en qué lugares puedo volar mi drone?
    Los vuelos están siempre limitados a zonas inhabitadas o a espacio aéreo no controlado.
  5. Si su peso es menor a 25kg, ¿en qué lugares puedo planearlo?Exclusivamente podrán pilotarse dentro del alcance visual del piloto no superando nunca los 500 metros de distancia ni los 120 metros de altitud. Si el UAV tiene un peso inferior a 10 kilogramos, solo podrá planearse en ambientes urbanos a 100 metros de longitud del piloto. Si se emplea un dron inferior a 2 kilos, que en el ascenso vaya a planear fuera del alcance visual del piloto, deberá anunciarse antes de ejecutar el vuelo al resto de usuarios del espacio aéreo del emplazamiento y la hora en los que se volará.
  6. ¿Puedo planear con mi drone fuera de España?
    Únicamente en Europa. Los Estados Unidos tienen un reglamento distinto y más estricto. En Sudamérica algunos países están en el desarrollo de decretar su propia normativa.
  7. ¿Puedo planear mi drone a través de la ciudad?
    No. Su utilización está prohibida en ciudades y en multitudes de personas al aire libre, ya sean eventos públicos o parques.
  1. ¿Para qué puedo planear un drone?
    Los drones pueden ser empleados en actividades personales, comerciales, de desarrollo e investigación, tratamientos aéreos en sectores como la agricultura, la ayuda en la extinción de incendios, vigilancia aérea, observación, publicidad aérea, retransmisiones de televisión y radio, operaciones de emergencia y misiones humanitarias de salvamento.
  2. ¿El dron necesita alguna gestión burocrática adicional?
    Todas las compañías operadoras de drones deberán tener un manual de operaciones y un estudio aeronáutico de seguridad para cada maniobra.
  3. ¿Tengo que asegurar mi drone?
    La ley es muy clara en este aspecto , en concreto según el apartado 18/2014, “estos instrumentos tecnológicos deben estar regulados porque su empleo puede conllevar peligros a causa de un posible accidente”, por lo tanto la póliza de seguros para drones es fundamental .

En definitiva estos son los diez consejos que debes seguir antes y a la hora de emprender el vuelo con tu nuevo drone. Tenlos presentes, ¡siempre!

Si después de todo lo que te hemos contado, quieres seguir indagando con más profundidad, sientes que necesita más o simplemente buscas ampliar más tus conocimientos e información acerca de las últimas noticias y avances en el mundo de los UAV´S, drones o vehículos aéreos no tripulados, puedes hacerlo a través del nuevo portal ToDrone.com. Una nueva editorial digital completamente en español y constituida por profesionales del periodismo aeronáutico cuya meta es poner a disposición de todos, desde los profesionales del sector hasta los aficionados a los drones, la más amplia información de esta apasionante tecnología que no para cada día de crecer y sumar adeptos. Recuerda, tan importante es asegurar tu drone como tus conocimientos acerca de los mismos.

AESA Drones: El Seguro

drones aesa

drones aesa

¿Qué debo presentar para que me acepte Aesa Drones mi seguro y no lo rechace? Este verano se publicó el RDL 8/2014 de 4 de julio que regula la realización de la actividad de referencia. Esta disposición, cuya aplicación tendrá carácter temporal (se está trabajando en el borrador de un proyecto de ley), se completa con la Ley de Navegación Aérea y el Real Decreto 37/2001.

Una de las exigencias es que los operadores de las aeronaves pilotadas por control remoto deben disponer de una póliza de seguro que cubra la Responsabilidad Civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución del vuelo, según los límites de cobertura que se establecen en el Real Decreto 37/2001, de 19 de enero, que para aeronaves de hasta 500 kilogramos de peso bruto es de 220.000 DEG (Derechos Especiales de Giro), lo que traducido a euros supone un límite de 258.700 euros (según el convertidor de divisas del BCE de hoy).

A raíz de esta  Ley surgen Compañías Aseguradoras con productos específicos como son el seguro para drones Caser y el seguro para drones Allianz para dar solución a los operadores de UAVS y postulantes de ser aprobados por AESA. Se ha dado de alta una nueva actividad en los productos actuales, con un condicionado adaptado a las exigencias, requisitos y acotaciones de la misma, restringiendo el riesgo a Drones de un peso no superior a 25Kg y 20kg respectivamente.

Es aconsejable la contratación de una suma asegurada no inferior a 300.000 € por siniestro dadas las fluctuaciones que, aunque no muy acusadas, se puedan producir en la divisa. De esta manera evitamos que la suma asegurada quede por debajo de lo legalmente exigido.

Cualquier duda o aclaración no dudéis en consultarla con el mayor especialista en seguros para aeronaves como es Segurosparadrones.com®, que además de asesorarles en las coberturas, trabajan con precios mínimos con cada una de las compañías y realizan todos los trabajos administrativos, producción, comunicación de siniestros de drones de daños a terceros, renovaciones, novaciones y suplementos por ampliación de flota de drones en las pólizas sin coste añadido para el piloto u operador de AESA. La diferencia de prima entre 150.000 y 300.000 no es muy alta en las distintas compañías y si solo quieres tu drone para ocio pero quieres pilotarlo con tranquilidad sin pensar en que si se cae sobre algo o alguien puedes tener un lío contratar el de mayor capital asegurado tiene casi el mismo precio y te curas en salud.

El departamento de AESA Drones constantemente hace propuestas de ampliación de uso y aprobación legislativa en la UE y en el Gobierno de España previendo la imparable utilización de este tipo de aeronaves en los cielos de nuestras ciudades. Como puede ser desde la fotografía profesional, mapping, análisis topográficos, logística, mensajería, seguridad, control de tráfico, control de contaminación y un sinfín de usos que van a tener y la creación de cientos de empresas. Para tales actividades existe un gravamen de riesgo muy alto para la integridad de los ciudadanos como de los bienes que conforman las urbes, y por lo tanto se debe tener un seguro para RPAs con requisitos y criterios de suscripción claros y amplias coberturas para el operador u piloto que quiera sacarlo. Así como, para las compañías de seguros que lo garantizan y mediadores de seguros que los comercializan.

¿Entonces AESA Drones va a pedir más coberturas de seguros o capitales más amplios para cumplir la Normativa? No se sabe, pero con entendemos que con la Normativa actual y las exigencias de garantías y límites de indemnización vigentes en el Real Decreto están cubiertos con creces cualquier posibilidad de siniestro provocado por un Drone por muy grave que sea.

Ley Drones

Ley Drones y Normativa en España

Ley Drones

En la última reunión en Riga de los estados miembros de la UE se hizo una propuesta de actualización de la Ley Drones en las naciones anexas. En esta nueva ley drones se estudia aprobar el vuelo de UAVS de menos de 10 kilogramos de masa máxima de despegue en zonas urbanas acotadas y manteniendo los márgenes de seguridad entre edificios.

Esto daría paso a la liberación del uso de RPAs en las ciudades, se estima que estará aceptada e implantada para el 2016 y que puede representar el despegue definitivo de este tipo de aparatos tanto para usos de ocio como comercial o profesional. Siempre y cuando se tengan todos los requisitos de ley. Asimismo, los seguros para drones van a ser de lo más solicitados ya que el riesgo que se va a correr va a ser elevado aunque no nos lo exija la ley por características de nuestros drones.

 Ejemplos de siniestros de drones en ciudad

«Caída de un drone de menos de 10 kilogramos sobre un coche provocando daños materiales en el como rotura de luna o rotura de techo»

«Precipitación de un drone sobre la cabeza de una persona, provocándose una lesión craneoencefálica irreversible o incluso la muerte»

«Caída de un drone en una vía urbana provocando un accidente de tráfico en cadena, por consiguiente unos daños materiales a varios vehículos»

«Caída de un drone sobre un edificio, causando daños a las instalaciones (Antena parabólica, aire acondicionado, etc)»

Ley Drones complementaria al  Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de Julio

Esta nueva actualización de la Ley Drones viene a actualizar la actual y propuesta entre otros entes en Europa por AESA. Dicho marco regula torio dictamina que solo se puede pilotar aviones no tripulados de menos de 25 kilogramos fuera de núcleos de población, edificios o edificaciones, reuniones de personas al aire libre y de espacios aéreos no controlados. Si estos drones se utilizan para uso comercial o profesional se debe contratar un seguro para drones obligatorio que cubra la responsabilidad civil del piloto en caso de siniestro contra un tercero provocando o daños materiales o personales, se recomienda para estar correctamente cubierto escoger a partir de 150.000€ de limite de indemnización hasta los 300.000€. En la actualidad AESA tiene recogidas 92 operadores de servicios de Drones de menos de 25 kilogramos  y 2 de más de 25 kilogramos, todo apunta a que en los próximos 5 años se van a multiplicar por más de diez este número.

Requisitos de la Ley Drones

  • Tener la documentación de tu drone
  • Tener Manual de operaciones de vuelo
  • Tener estudio de seguridad del vuelo que vas a realizar con tu drone ultimando hasta el mínimo detalle
  • Seguir escrupulosamente las recomendaciones de mantenimiento del fabricante del drone
  • El piloto del drone debe tener todos los requisitos que se establecen por la ley
  • Poseer el seguro para drones
  • Adoptar medidas preventivas de interferencias ilegales.
  • Cumplir el radio de 8 kilometros respecto a los aeropuertos o aeródromos más cercanos.

Esta ley drones ayuda a que estos aparatos se introduzcan en los servicios como pueden ser correos, vigilancia, logística, comida a domicilio, tráfico,control de emisiones de CO2 y un largo etcetera que ayudará a que los ciudadanos vivamos con mayor calidad de vida.

Seguros para Drones – GUÍA

seguros para drones

Seguros para drones

¿Son obligatorios los seguros para drones?

Si, definitivamente si ,ha salido el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de Julio, que dice que los pilotos de Drones, RPAs, UAVS, es decir aviones no tripulados destinados a uso comercial y profesional y que pesen menos de 25 kg deben tener un seguro para drones  que cubra la responsabilidad civil (daños que produzcan a un tercero tanto materiales como personales). El tipo de siniestro que más teme  un piloto de un drone es que se le caiga por cualquier circunstancia sobre la cabeza de una persona y le ocasione lesiones irreparables incluso la muerte, esto puede acarrearle consecuencias económicas y penales irreparables, además del mal trago que se pasa. Por eso aunque un aficionado a los drones no cumpla los requisitos de uso según el marco regulatorio que le obliga a tener un seguro lo contrata para mayor tranquilidad y seguridad suya.

¿Qué coberturas debe tener un seguro para drones?

A la hora de contratar un seguro para drones debemos tener en cuenta que la franquicia sea baja, y que las fianzas y defensa jurídica estén incluidas porque en caso de siniestro el primer gasto que debes afrontar es defenderte de la denuncia del tercero contra ti por ser dueño de la aeronave. Por consiguiente, si la tienes incluidas te despreocupas ya que la propia aseguradora te defenderá lo mejor posible e intentará resolverlo lo antes posible.

¿Qué Aseguradoras existen con seguros para drones?

Al ser tan reciente la Ley como el mercado a cubrir existen muy pocas Aseguradoras, pero las que hay son de garantías y muy conocidas en España, que son:

  • Caser seguros para drones: Tienen un producto muy equilibrado en precios, límites de indemnización (150.000€ a 300.000€) y una franquicia a nuestro entender bastante baja de 150€ que abarata la póliza pero a la vez sigue siendo útil porque cumples la Ley.
  • Allianz seguros para drones: Es un producto quizás menos equilibrado en precios para los pilotos de drones que tienen RPAs de entre 1 y 3 kilogramos que están expuestos a un riesgo relativo y  los límites de indemnización que van desde 286.000€ hasta 1.000.000€ se excedan en lo que necesiten. Eso si, para los dueños drones que superen los 10 kilogramos es un producto que les encaje más y la franquicia es de 500€ que nos parece algo subida para los drones de menos de 10 kilogramos pero más proporcionada para los de más de 10 kilogramos de mása máxima de despegue.

¿Cuál es el ámbito territorial para que me cubra mi seguro para drone?

La garantía de los seguros para drones en su gran mayoría se extiende y limita a las responsabilidades derivadas de daños sobrevenidos en países de la Unión Europea y Andorra, por reclamaciones formuladas ante Tribunales de dichos países. En aquellos países en que la legislación exija póliza local, la cobertura de la póliza actuará en exceso de la póliza de Responsabilidad Civil local. Todos los pagos que se realicen con cargo a la póliza, serán efectuados en España y en Euros.

Papel del mediador del seguro para drones

El uso de drones en España es totalmente nuevo y para las Aseguradoras y tramitadores de los siniestros es un tema totalmente desconocido, por eso Segurosparadrones.com® es el primer Comparador especializado en seguros para drones y sus asesores altamente cualificados son de vital importancia para el cliente dado que no van a dejar nada del siniestro en el aire y realizarán las preguntas adecuadas y recopilarán la documentación necesaria para podérsela trasladar a la compañía al detalle. Por consiguiente, conseguir un cierre del siniestro que sea lo más rápido posible y lo menos tedioso para el cliente. Fundamental el papel que desempeña Segurosparadrones.com® al solicitar la información, recopilación de datos, ordenación, articulación de lo sucedido, almacenamiento y comunicación del siniestro dentro del los periodos según ley y según lo requerido por el departamento de siniestro de la Compañía y no dejar nada para la imaginación y que luego desencadene en el rechazo del mismo.

¿Por qué debo comparar un seguro para drones?

Si realizas una comparativa de tu seguro para drones no solo ahorrarás, sino que también te asesorarán en Segurosparadrones.com® ya que como hemos comentado en el párrafo anterior al ser especialistas sabemos más de la póliza que el propio agente de seguros de la Compañía que quieras contratar porque desconoce totalmente de lo que le estás preguntando. Así como, trabajamos con precios mínimos sin coste añadido para ti nuestro asesoramiento y sin encarecer tú seguro podrás tener en tan solo 1minuto tu solicitud de comparativa verás desde la objetividad que producto te conviene más. Si te decides a contratar recibirás en menos de 24 horas hábiles tu póliza en tu correo electrónico desde que la recibamos de la Aseguradora, no tendrás que esperar el correo postal eterno que llega desfasado en el tiempo o equivocado a otro domicilio que no es el tuyo.